Prestación CUME: las familias protestan en Madrid por el límite de edad y el Congreso aprueba la reforma sin cambiarlo
Cientos de familias se concentraron este miércoles frente al Congreso de los Diputados, en Madrid, para reclamar que se elimine el límite de edad de la prestación CUME, la ayuda que reciben los padres que reducen su jornada para cuidar a un hijo con cáncer o una enfermedad grave.
La protesta, convocada por la asociación ASFACUME, coincidió con la aprobación definitiva en la Cámara Baja de la reforma de las leyes de dependencia y discapacidad.
Qué es la prestación CUME
CUME son las siglas de cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave. Es una prestación de la Seguridad Social dirigida a padres y madres que reducen su jornada laboral, al menos a la mitad, para hacerse cargo del cuidado del menor.
La prestación compensa parte del salario que se deja de percibir. Sin ella, muchas familias tendrían que elegir entre trabajar o cuidar.
El punto de conflicto: la edad
La normativa vigente extingue el subsidio a los 23 años, con opción de prórroga hasta los 26 si se acredita una discapacidad del 65 % o superior.
Las familias piden eliminar ese tope. Su argumento lo resumieron así a las puertas del Congreso: con 26 años sus hijos no se curan.
El Senado había aprobado una enmienda para ampliar la cobertura sin límite de edad, con los votos de PP, Junts, PNV y Vox. Pero PSOE y Sumar vetaron su debate en el Congreso alegando motivos presupuestarios: el coste calculado es de 2,3 millones de euros en 2027, cifra que alcanzaría los 12 millones en 2031.
La reforma salió adelante sin esa enmienda. La diputada del PP Violante Tomás calificó el veto de inconstitucional. Desde el Gobierno se defendió que la ley amplía servicios y prestaciones, prioriza la voluntad de cada persona y agiliza los trámites de reconocimiento.
Una voz de la concentración
Olga acudió a la protesta con su hijo de 20 meses. El niño tiene una cardiopatía congénita grave, está medicado y espera una cirugía cardíaca que se retrasa hasta que gane peso. Por ese bajo peso no puede acudir a la guardería, para evitar contagios.

Ella ha solicitado una reducción de jornada del 99,9 %: no acude a su puesto de trabajo, y la prestación es lo que le permite cuidarlo.
Lo que viene en octubre
Hay un dato que apenas ha trascendido y conviene tener en cuenta: el Gobierno prevé aprobar en octubre una nueva prestación para padres con hijos enfermos que, según ha trasladado, recogerá casi todas las demandas planteadas por las familias.
Entre las mejoras previstas figuran poder elegir indistintamente entre el médico de atención primaria o el especialista para emitir los informes preceptivos, eliminar la incompatibilidad con las prácticas formativas y clarificar qué situaciones se asimilan al ingreso hospitalario, para dar más seguridad jurídica.
La reivindicación de la edad, sin embargo, queda fuera por ahora.
Qué deberías saber si eres hispano y vives en España
Esta es la parte que a menudo no se cuenta, y que interesa especialmente a quienes llegaron de fuera.
La prestación no depende de la nacionalidad. Depende de estar afiliado y en alta en la Seguridad Social y de cumplir los requisitos de cotización. Si trabajas legalmente en España y cotizas, puedes solicitarla en las mismas condiciones que cualquier otra persona.
Requiere acuerdo con la empresa para reducir la jornada al menos a la mitad, y un informe médico del servicio de salud que atienda al menor.
La solicitan los progenitores, y solo uno de ellos puede percibirla a la vez.
Mucha gente no la pide sencillamente porque no sabe que existe. Si conoces a alguna familia en esa situación, esta información le puede cambiar el año.
Los trámites y requisitos exactos están en la sede electrónica de la Seguridad Social, y conviene consultarlos ahí porque la normativa está cambiando justo ahora.
Por qué lo contamos
Porque detrás de cada línea presupuestaria hay una madre con una reducción de jornada del 99,9 % y un niño esperando una operación.
Y porque la pregunta que dejaron ayer en la puerta del Congreso es difícil de rebatir: si la enfermedad no entiende de cumpleaños, por qué la ayuda sí.

Seguiremos esta información y la actualizaremos cuando se apruebe la nueva prestación prevista para octubre.
Esta información es orientativa y no sustituye asesoría legal. La normativa puede cambiar y su aplicación varía entre administraciones. Consulta siempre la fuente oficial y a un profesional antes de iniciar un trámite.




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